Notas |
- De Blanca de Lima:
Archivo Histórico del Estado Falcón-UNEFM. Sección Instrumentos Públicos. Tomo LXIX (1863-1865). Folios 164v-165
Coro, 14 de diciembre de 1864
"En la ciudad de Coro, capital del estado federal del mismo nombre y parte integrante de la unión venezolana, el miércoles a los quince días del mes Kislev, año 5625 de la creación, que corresponde a catorce de diciembre de mil ochocientos sesenta y cuatro de la era vulgar, ante los testigos que suscriben, el Señor Jacob Haim Senior, joven soltero, de treintaicinco años de edad, hijo legítimo de los Sres. Abraham Senior Junior y Rachel Calvo; manifestó a la honrada y honesta Señorita Ester Henríquez Juliau, hija también legítima de los Sres. Isaac Henríquez Juliau y Leah Buena Viva, que era su libre y espontánea voluntad venir en elegirla por su esposa para que con el auxilio divino la honre, sirva, sustente, vista y viva conyugalmente con ella, conforme a los deberes israelíticos, y que se obliga a darle, con su mano los tesoros que le corresponden y que merece por sus virtudes, todo de acuerdo con la ley de nuestro legislador Moisés y la definición de nuestros insignes sabios. De la misma manera, la honesta y honrada Señorita Ester Henríquez Juliau manifestó a presencia de los indicados testigos, que era su espontánea y libre voluntad admitir la propuesta que se le hacía por el joven soltero Jacob Haim Senior, expresando consentir en ser su esposa. Los mencionados exponentes declaran no entrar en mancomunidad de bienes, obligándose el Señor Senior con los suyos presentes y futuros, que en debida forma hipoteca, a responder conforme a derecho de la validez y estricto cumplimiento matrimonial, y para mayor seguridad será registrada, dándose parte de este matrimonio al primer magistrado de este estado, conforme a la circular N° 202 del Supremo Gobierno, fechada en Caracas el 9 de marzo de 1834. Por no haber asesor revestido con este carácter, dan su facultad los contrayentes al Señor Josías Dovale Junior, para bendecirlos según sus creencias religiosas. Los otorgantes todos así lo decimos y firmamos por ante los testigos que suscriben y del Señor Registrador Subalterno del Departamento. Coro, a catorce de diciembre de mil ochocientos sesenta y cuatro. J. H. Senior. A ruego de mi hermana Ester, Abraham H. Juliau. Josías Dovale Junior. Salomón Levy Maduro. J. A. De Lima".
|